Alta en el PMH
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- S.I.A.C
Responsable - Oficina S.I.A.C
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Casa Consistorial, Plaza de España s/n, planta baja; código postal: 33900; distrito de Sama - Langreo (Asturias) T: 985678800 Horario de atención al público de 9h a14h de Lunes a Viernes
Objeto del expediente:
Destinatarios:
Documentación a presentar:
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, éstos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Central de Extranjeros si pretenden permanecer en España por más de tres meses, deberá presentarse la documentación acreditativa (certificado) del cumplimiento de este requisito.
Como este certificado no incluye la fotografía y no es válido para acreditar la identidad, para poder realizar la inscripción padronal se deberá acompañar dicho certificado del documento acreditativo de la identidad o pasaporte en vigor expedido por las autoridades del país de procedencia.
- Los menores de 14 años se identificarán por medio del libro de familia o certificado de nacimiento.
b) Documento que justifique la vinculación a la vivienda en la que se solicita el empadronamiento:
- Título de propiedad (escritura, contrato de compraventa, Nota del Registro, comprobación de bases de datos municipales donde conste dicha propiedad, etc.).
- Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler
c) En el caso de menores, cuyo empadronamiento se solicite con uno sólo de sus progenitores, será necesaria la firma de la solicitud por parte de ambos progenitores, junto con la fotocopia del DNI de los dos.
Si la guarda y custodia del menos es compartida por ambos partes será indispensable la firma de ambos, siempre que la resolución judicial por la que se fije aquella no se pronuncie sobre el lugar de empadronamiento.
En los supuestos de guarda y custodia de menores atribuida en exclusiva a un progenitor, corresponderá a este instar las inscripciones de los menores. En tal caso, siempre deberá aportarse copia de la resolución judicial, así como del modelo de declaración responsable facilitado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Solicitud de cambio de domicilio o de cambio de residencia, acompañada de la siguiente documentación;
a) Documento identificativo:
- DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, siempre vigentes. Cuando estén caducados, deberá aportarse copia de éstos y de la solicitud de renovación
- Extranjeros comunitarios.
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, éstos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Central de Extranjeros si pretenden permanecer en España por más de tres meses, deberá presentarse la documentación acreditativa (certificado) del cumplimiento de este requisito.
Como este certificado no incluye la fotografía y no es válido para acreditar la identidad, para poder realizar la inscripción padronal se deberá acompañar dicho certificado del documento acreditativo de la identidad o pasaporte en vigor expedido por las autoridades del país de procedencia.
- Los menores de 14 años se identificarán por medio del libro de familia o certificado de nacimiento.
b) Documento que justifique la vinculación a la vivienda en la que se solicita el empadronamiento:
- Título de propiedad (escritura, contrato de compraventa, Nota del Registro, comprobación de bases de datos municipales donde conste dicha propiedad, etc.).
- Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler
c) En el caso de menores, cuyo empadronamiento se solicite con uno sólo de sus progenitores, será necesaria la firma de la solicitud por parte de ambos progenitores, junto con la fotocopia del DNI de los dos.
Si la guarda y custodia del menos es compartida por ambos partes será indispensable la firma de ambos, siempre que la resolución judicial por la que se fije aquella no se pronuncie sobre el lugar de empadronamiento.
En los supuestos de guarda y custodia de menores atribuida en exclusiva a un progenitor, corresponderá a este instar las inscripciones de los menores. En tal caso, siempre deberá aportarse copia de la resolución judicial, así como del modelo de declaración responsable facilitado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).