Tramite Servicios Sociales
Tras
Becas de libros y comedor escolar
- Servicios Sociales
- Presencial
- Online
Responsable - Oficina Servicios Sociales
-
Plaza Nespral, s/n, 1ª planta izquierda; código postal: 33900; distrito de Sama - Langreo (Asturias)
Horario de atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 h.
Objeto del expediente:
Concesión de becas escolares en concepto de adquisición de libros y/o material escolar para alumnado de Educación Infantil y becas de comedores escolares para Educación Primaria e Infantil.
Destinatarios:
Personas físicas
Documentación a presentar:
Modelo normalizado de solicitud, firmado por la persona interesada (padre, madre, tutor/a-) especificando el nombre del/la menor, el Centro y el Curso.
Fotocopia DNI, NIE o pasaporte en vigor del solicitante.
Fotocopia del Libro de Familia completo de la unidad familiar o en su caso documentación que lo sustituya.
Si son trabajadores/as por cuenta propia, copia de la Declaración trimestral (Modelo 130) correspondientes al último trimestre 2021. Si son trabajadores/as por cuenta ajena, copia de las tres últimas nóminas.
En el caso de separación o divorcio legal, o separaciones de uniones de hecho, copia de la Sentencia de Separación o de Guarda y Custodia y del Convenio Regulador en su caso, así como justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.
En caso de estar realizando curso formativo laboral o sus prácticas o cursos de español para extranjeros: documentación acreditativa expedida por el organismo que realice el curso y justificante de las cuantías percibidas por la realización de los mismos.
Certificación acreditativa de la discapacidad igual o superior al 65% de cualquiera de los miembros de la unidad familiar o de aquellas personas que convivan en el mismo domicilio.
Resolución de situación de dependencia en grado II o III, o de discapacidad de alguno de los miembros de la unidad familiar o de aquellas personas que convivan en el mismo domicilio.
Carnet de familia numerosa en su caso.
En caso de desempleados/as: Certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y (2) Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando en su caso las cuantías de estos.
En caso de percibir pensiones o prestaciones (por jubilación, invalidez, viudedad, incapacidad temporal, etc), certificado expedido por la Seguridad Social, Principado de Asturias u Organismos competentes, en el que se indique la cantidad mensual que percibe.
En caso de percibir Ingreso Mínimo Vital, Salario Social Básico, Resolución de concesión o justificante de la última mensualidad.
En aquellos casos en los que no sea posible acreditar debidamente los ingresos con la documentación indicada, se aportará la última Declaración de la renta anual.
Ficha de acreedor, donde consten los datos de la cuenta bancaria y titular de la misma.
Fotocopia DNI, NIE o pasaporte en vigor del solicitante.
Fotocopia del Libro de Familia completo de la unidad familiar o en su caso documentación que lo sustituya.
Si son trabajadores/as por cuenta propia, copia de la Declaración trimestral (Modelo 130) correspondientes al último trimestre 2021. Si son trabajadores/as por cuenta ajena, copia de las tres últimas nóminas.
En el caso de separación o divorcio legal, o separaciones de uniones de hecho, copia de la Sentencia de Separación o de Guarda y Custodia y del Convenio Regulador en su caso, así como justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.
En caso de estar realizando curso formativo laboral o sus prácticas o cursos de español para extranjeros: documentación acreditativa expedida por el organismo que realice el curso y justificante de las cuantías percibidas por la realización de los mismos.
Certificación acreditativa de la discapacidad igual o superior al 65% de cualquiera de los miembros de la unidad familiar o de aquellas personas que convivan en el mismo domicilio.
Resolución de situación de dependencia en grado II o III, o de discapacidad de alguno de los miembros de la unidad familiar o de aquellas personas que convivan en el mismo domicilio.
Carnet de familia numerosa en su caso.
En caso de desempleados/as: Certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y (2) Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando en su caso las cuantías de estos.
En caso de percibir pensiones o prestaciones (por jubilación, invalidez, viudedad, incapacidad temporal, etc), certificado expedido por la Seguridad Social, Principado de Asturias u Organismos competentes, en el que se indique la cantidad mensual que percibe.
En caso de percibir Ingreso Mínimo Vital, Salario Social Básico, Resolución de concesión o justificante de la última mensualidad.
En aquellos casos en los que no sea posible acreditar debidamente los ingresos con la documentación indicada, se aportará la última Declaración de la renta anual.
Ficha de acreedor, donde consten los datos de la cuenta bancaria y titular de la misma.
Plazos:
Se trata de una convocatoria anual. El plazo de presentación de solicitudes establecido en las bases de la convocatoria a partir del día hábil siguiente al de la publicación del anuncio en el BOPA.
Observaciones:
La evaluación de la situación familiar se realizara sobre la base de la documentación que los/as solicitantes aporten y de la que se añada al expediente como resultado de la consulta de datos entre Administraciones. El Ayuntamiento de Langreo se reserva la potestad de requerir cualquier otra documentación para acreditar los hechos alegados y/o permitir comprobar la puntuación obtenida. De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de 1 de octubre, los interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración siempre que el/la interesado/a, así como el resto de los miembros de la unidad familiar, haya expresado su consentimiento a que sean consultados o recabados dichos documentos. Se presumirá que la consulta u obtención es autorizada por los interesados salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, la cual podrá hacerse constar en el modelo de solicitud.
Servicios Sociales de Sama
- Plaza Nespral, s/n, 1ª planta izquierda; código postal: 33900; distrito de Sama - Langreo (Asturias)
Horario de atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 h.