Actuaciones de los grupos incluidos en el programa de barrios en eventos festivos y culturales.
Personas Jurídicas: sociedades de festejos, asociaciones culturales, vecinales, etc., que organicen eventos festivos.
Solicitud normalizada, indicando: nombre de la festividad o evento cultural, nº de actuaciones que solicita para el mismo, con indicación del grupo o
grupos incluidos en el programa de barrios, lugar, fecha y hora de la/as actuaciones.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las
Administraciones Públicas.
Ley 8/2022, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Ordenanza Municipal sobre protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos
y vibraciones.
La solicitud debe realizarse al menos con una antelación de 2 meses antes de la fecha de realización del evento.
La empresa que elabora el Plan de autoprotección se pondrá en contacto con la entidad
que organiza el evento festivo al objeto de recopilar todas las certificaciones que
garanticen la seguridad en el mismo, relativas a la instalación de carpas, ferial, etc.